El informe de la Dirección General de Empleo sobre la regulación y control de los Servicios de Prevención Mancomunados, es contestación a la consulta planteada por la Federación ASPA a efectos de conocer la opinión de la Administración sobre la constitución y regulación de estos operadores, debido a las evidencias recibidas sobre la proliferación de SPM mal constituidos y/o con serias deficiencias en su regulación y control. 

Entre otros, se puede destacar del informe, los siguientes aspectos relevantes:     – Las condiciones iniciales para poder constituir un SPM, aludiendo a la necesaria garantía de operatividad y eficacia del servicio.     – La consideración de estas entidades como servicios de prevención propio de las empresas que los constituyen, limitando su actividad a las mismas y eliminando por tanto de su actividad la publicidad y captación de empresas para dicho objeto.     – El papel de los representantes de los trabajadores.     – La exigencia de auditoría de todas las empresas participantes.     – El control de la autoridad laboral.     – La posibilidad de calificar como fraude de ley aquellos SPM no ajustados a norma.

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